martes, 27 de octubre de 2015

Situación especulativa con respecto a repuestos, alimentos y medicinas.

Palabras introductorias del situación especulativa con respecto a repuestos, alimentos y medicinas. General Carlos Osorio exponiendo la situación especulativa con respecto a repuestos, alimentos y medicinas.

Aclaró que la reducción del precio del petróleo obliga a hacer recortes en el presupuesto nacional.

Posteriormente tomó la palabra el Superintendente en donde explicó lo siguiente:

Primero: Saldrá en Gaceta Oficial una nueva providencia en Gaceta Oficial que expondrá los nuevos alcances de la nuevas definiciones en materia de precio justo a saber que ahora se divide en dos conceptos:

a.   El precio máximo de Venta al público o consumidor, denominado  "PMVP".

b.  El Precio Justo o  "PJ".

Segundo: La providencia 003 de la SUNDDE, sigue en vigencia aunque se encuentra en revisión, de modo que los criterios para la determinación Y cálculo del costo, siguen vigentes.

Tercero: Los precios máximo de venta al público serán impreso por:  a) el importador, en caso de productos importados  y b) por el fabricante, en caso de productos fabricados en el país (entiendo que  esta nueva providencia pretende prohibir la potestad al comercio de realizar esta labor de marcaje, esperemos la publicación en Gaceta para entender el alcance).

Cuarto: En caso de que el precio PMVP sea impreso o fijado por el importador el margen de comercialización será del 20% como máximo.  Esto aplica inclusive para los importadores d materias primas. Aclaró el Superintendente que esto no contradice la Ley ya que el 30% es tan solo un máximo y es potestad del Estado fijarlo por debajo.

Quinto: En caso de que el precio PMVP sea impreso o fijado por el productor o fabricante, el nuevo margen de comercialización es del 60% ( entiendo que esta providencia pretende formalizar el antiguo 54% de margen, que se nos comunicó verbalmente y del cual nunca se imprimió ninguna providencia).

Sexto: En el caso de los productos regulados, el precio será el "PJ" o precio justo. Dicho precio será fijado por la Superintendencia SUNDDE,  ( no se si esta Superintencia le quita facultades al Ministerio de Alimentación en cuanto a cómo fijar precios, tal como era el caso con pollo, res, etc., esperemos la gaceta). El General Osorio acotó que habían productos regulados por la SUNDDE desde años y que cuyos precios debían actualizarse.

Séptimo: Aquellos productos cuyos precios sean "excesivos" de acuerdo al Ejecutivo, pasarán a ser Precios Justos o PJ, revocando la potestad al importador o fabricante para calcularlo.

Octavo: Los casos específico del marcaje de precios en los múltiples rubros serán tratados en mesas técnicas con la SUNDDE.

Noveno: En ningún caso y en ningún término se aceptará la tasa de cambio del dólar "Dólar  Today" como base de cálculo para la determinación del costo y en todo caso como máximo se reconocería la tasa SIMADI.

El mayor General Carlos Osorio agregó que "Dólar Today" estaba siendo demandada por el BCV en Estados Unidos. Aclaró que la Ley de Precios Justos, si iba a ser modificada y que las sanciones iban a ser muchísimo más punitivas y mucho más graves  ya que antes los comerciantes simplemente pagaban las multas y seguían violando la Ley.

El Vice-Presidente Arreaza reconoció la problemática de las divisas y recomendó a las empresas exportar para que tuvieran acceso a sus propias divisas para poder comprar materia prima. Agregó también que: "Los productores van a recibir nuevos incentivos, para que la producción pueda desatarse".

Notificó también que un Comando Nacional de Precios Justos fue instalado el miércoles pasado y tiene como objetivo la "defensa de los ingresos del pueblo,   través del combate a la especulación, la usura y el boicot".

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